La Justicia determina que las asociaciones no pueden habilitar para el ejercicio de perito

Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática

Desde el Consejo General de Colegios Profesionales de Ingenieros Técnicos en Informática, llevamos advirtiendo desde hace mucho que quienes únicamente pueden realizar la labor de perito informático son los titulados en Ingeniería Técnica en Informática o Ingeniería Informática, en las titulaciones anteriores a Bolonia, y el Graduado/a en Ingeniería Informática, en las titulaciones actuales. Y que las Asociaciones de Peritos no tienen capacidad para habilitar para la profesión.

Finalmente, la Justicia se pronunció sobre este tema. Según esta sentencia, el único capacitado para realizar la labor de perito informático son los titulados en Ingeniería Técnica en Informática o Ingeniería Informática, en las titulaciones anteriores a Bolonia, y el Graduado/a en Ingeniería Informática, en las titulaciones actuales. Es decir,  el Ingeniero en Informática es el único profesional habilitado para emitir informes periciales ante los tribunales de justicia en todo aquello relacionado con la informática.

Además, la justicia determina que los miembros de estas asociaciones nos son peritos auténticos, certificando que los cursos que imparten no habilitan para la labor de perito. También incide en que la  utilización de emblemas o sellos, que incluyen el símbolo de la Justicia, por parte de estas tampoco los habilita para la labor  y que todo ello son estrategias que provocan la confusión de la ciudadanía.

A su vez, determina que una asociación no puede hablar de colegiación, ni asignar número de colegiado, como actualmente están realizando, ya que es únicamente corresponde a los Colegios Profesionales.

Adjuntamos la sentencia. [descargar]