■ Desestima la demanda del Colegio Oficial de Ingenieros en Telecomunicaciones que aspiraba a ocupar puestos de Analista de Sistemas en procesos selectivos, imponiéndoles el pago de costas judiciales
■ La resolución determina que un puesto de Analista de Sistemas tanto en la Administración Pública como en la empresa privada debe ser ocupado por un Titulado en Ingeniería Informática
■ Esta sentencia abre el camino a nivel nacional para el reconocimiento como Profesión de la Ingeniería Informática, siendo un sector apenas regulado y sin responsabilidades profesionales, a pesar de ser clave para el desarrollo económico del país.
Los titulados en Ingeniería Informática son los únicos profesionales competentes habilitados para ejercer como Analistas de Sistemas, según el Tribunal Superior de Justicia, frente a la aspiración del Colegio Oficial de Ingenieros en Telecomunicaciones a realizar dicha actividad. Según la sentencia 330/2021 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia, para las actuales y futuras convocatorias procesos selectivos para el acceso a la Administración Pública Regional, en la opción de Analista de Sistemas, queda confirmada la competencia profesional de los titulados en Ingeniería Informática.
Es de gran relevancia lo concluido en la sentencia acerca de que “Los niveles de formación que acreditan los títulos universitarios no pueden ser distintos según se trate de acceder al empleo público, en las condiciones de este caso, o del ejercicio privado de la profesión”, es decir, que las condiciones de acceso para la actividad profesional de este puesto de carácter tecnológico deben ser las mismas tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, determinando así la condición de ocupación de esta categoría profesional en los convenios existentes, únicamente por los titulados universitarios en las Ingenierías Informáticas.
Este recurso es un ejemplo de la labor de defensa de la profesión que se realiza desde el Colegio de Graduados en Ingeniería Informática, tarea de litigio judicial especialmente necesaria debido a la falta de reconocimiento de la profesión de de Ingeniería e Ingeniería Técnica en Informática a nivel nacional, siendo ésta falta de reconocimiento como profesión, una carencia legal que lastra la confianza del sector TIC y tiene repercusión el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información, derivados de la ausencia de requisitos técnicos y responsabilidades profesionales en los proyectos de innovación.
Dentro del razonamiento de la sentencia, resalta la confirmación a nivel jurídico de que la opción de Analista de Sistemas está directamente relacionada con la profesión de Ingeniero en Informática e Ingeniero Técnico en Informática. No solo por su evolución y regulación, sino además porque los temarios oficiales de dichas titulaciones coinciden íntegramente con el de la Convocatoria de Analista de Sistemas.
En base a dicho razonamiento el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia procedió a desestimar el recurso de los Ingenieros técnicos de Telecomunicaciones frente a las razones esgrimidas desde el Colegio de Graduados en Ingeniería Informática (COITIMUR), imponiéndoles además el pago de costas.
Desde el Colegio de Graduados en Ingeniería Informática, felicitamos el resultado de la sentencia, que establece un camino para el reconocimiento adecuado de las competencias de los profesionales del sector.
Somos conscientes y por ello estamos agradecidos, de que este paso ha sido posible tanto por el apoyo de nuestros Colegiados y Precolegiados, como por el de las empresas e instituciones que demuestran con su respaldo a esta organización sin ánimo de lucro, su compromiso con el progreso tecnológico en el que se apoya el futuro económico de las empresas y de la Región de Murcia.