La Ingeniería Técnica en Informática comenzará su equiparación al nivel del Grado

Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática

El Consejo General espera la equiparación de los ingenieros técnicos y diplomados en informática al correspondiente nivel del MECES

La Dirección General de Política Universitaria comenzará de oficio la equiparación de las ingenierías técnicas e ingenierías, incluídas las de Informática.

El pasado viernes 21 de noviembre se publicaba en el BOE del Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

El Real Decreto tiene como principales objetivos:

  1. La homologación y declaración de equivalencia a títulación para determinados títulos extranjeros a determinados títulos españoles vinculados con el ejercicio de ciertas profesiones reguladas, así como la definición del procedimiento para realizar el mismo proceso para títulos vinculados a profesiones no reguladas.
  2. Definir el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del MECES de los títulos (pre-EEES) de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. Hay que hacer constar que no hay correspondencia directa ni siquiera para las profesiones reguladas, sólo se limita a establecer el procedimiento que regirá este proceso. Por lo que el Real Decreto no excluye de la equiparación de nivel ni a la Ingeniería Técnica en Informática ni a la Ingeniería en Informática.

En base a este RD os remitimos al comunicado emitido por CONCITI el pasado 25 de marzo, donde se daba cuenta del borrador que manejaba el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte sobre el RD ahora publicado. Tal como se refleja en el comunicado, las reinvindicaciones de CONCITI y CCII iban encaminadas a lo siguiente:

  • Las antiguas titulaciones de Ingeniería Técnica en Informática y la Ingeniería en Informática deben ser equiparadas al nivel 2 y 3 de MECES respectivamente. Además, la Diplomatura en Informática y la Licenciatura en Informática al contar con sendos Reales Decretos de homologación a la Ingeniería Técnica en Informática e Ingeniería Informática respectivamente, deben recibir el mismo trato. Esta solicitud encaja con las intenciones del Ministerio de Educación.
  • Las titulaciones vinculadas con las Ingenierías en Informática deben aparecer en las ramas de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, no en la de Ciencias tal y como aparecen en el borrador, habida cuenta de que en España las titulaciones vinculadas con la Informática están adscritas a la rama de conocimiento Ingeniería y Arquitectura.
  • Se propone la modificación del Anexo I, a fin de que este recoja las titulaciones vinculadas con las profesiones de Ingeniería e Ingeniería Técnica en Informática, en base a la situación diferente de estas titulaciones, al contar con fichas aprobadas por acuerdo de Consejo de Universidades, recordándole que estas fichas fueron publicadas en el BOE, las Universidades las han empleado para la elaboración de sus planes de estudio y ANECA las ha utilizado además para verificar dichos planes.

Como se puede observar en el RD publicado, se ha aceptado la solicitud de los Consejos en cuanto a que las Ingenierías Informáticas aparezcan en la rama de conocimiento de la Ingeniería y Arquitectura.

En referencia al procedimiento para determinar la correspondencia, entre otros, de los títulos de Ingeniería Técnica a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), el RD establece que el procedimiento se iniciará de oficio por la dirección General de Política Universitaria, por propia iniciativa, como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia, por lo que CONCITI ya ha solicitado por escrito tanto al Director General de Política Universitaria como al Secretario General de Universidades que se proceda a realizar la equiparación para la Ingeniería Técnica en Informática y la Diplomatura en Informática.

Además, CONCITI se muestra sorprendido que en la disposición adicional octava establezca “Lo previsto en este real decreto no resulta de aplicación al régimen de titulaciones exigible para el ingreso en las Administraciones Públicas, que se regirá, en todo caso, por lo previsto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de su normativa específica que resulte de aplicación.» habida cuenta de que el artículo 23 establece que “Las resoluciones de correspondencia de los títulos a un determinado nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior causarán los efectos académicos y profesionales de conformidad con la normativa sectorial correspondiente, asociados a las enseñanzas incluidas en dichos niveles”.

Este Consejo General sigue trabajando en defensa y dignificación de la profesión, teniendo como objetivo la regulación de nuestra profesión así como la equiparación en igualdad de condiciones al resto de Ingenierías, por lo que os animamos a seguir la actividad de CONCITI bien en la Web o siguiendo la cuenta de twitter @conciti

Real Decreto 967/2014
http://www.boe.es/boe/dias/2014/11/22/pdfs/BOE-A-2014-12098.pdf